ÁREA DE LA DIRECCIÓN

director

LIC. FREDI OCHOA GAMBOA

Director de la UGEL Sucre

El Director dela Unidad de Gestión Educativa es el Titular de la entidad, y es el funcionario con el mayor nivel jerárquico en su ámbito jurisdiccional, autoridad y facultad para adoptar decisiones resolutivas y administrativas de acuerdo a ley.

FUNCIONES ESPECÍFICAS:

  1. Representar al sector Educación en Comisiones Multisectoriales y otros similares.
  2. Formular y contribuir en los lineamientos de la política educativa y asistir a la formulación de la política educativa local.
  3. Dirigir, conducir, supervisar y evaluar la gestión de las políticas educativas en el ámbito de la jurisdicción de la UGEL.
  4. Asegurar la aplicación y adecuación de la normatividad educativa, nacional, regional y local, emitir normas complementarias y liderar el proceso de mejoramiento continuo de la calidad, equidad y eficiencia del servicio educativo.
  5. Conducir los procesos de planeamiento institucional a nivel estratégico, operativo y presupuesta! para el cumplimiento de los objetivos del Proyecto Educativo Local alineados al Proyecto Educativo Regional y Nacional.
  6. Conducir la formulación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Local y los Planes Operativos Anuales, en concordancia con el Consejo Participativo Local (COPALE).
  7. Impulsar el funcionamiento del Consejo Participativo Local de Educación en coordinación con el gobierno local, a fin de generar acuerdos concertados y promover la vigilancia y el control ciudadano respecto al servicio educativo.
  8. Impulsar el proceso de descentralización de la gestión en las instituciones educativas, fortaleciendo su autonomía y participación.
  9. Delinear estrategias para disminuir el analfabetismo y promover la ejecución de los programas estratégicos multisectoriales.
  10. Organizar, ejecutar y evaluar acciones de capacitación de personal de la Sede de la UGEL y las instituciones educativas y desarrollar programas de formación continua.
  11. Suscribir convenios, contratos y acuerdos con entidades públicas y privadas, regionales y nacionales, encaminadas a mejorar la calidad de la educación, la cultura el deporte, la recreación, la ciencia y la tecnología.
  12. Conducir la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto participativo de la sede institucional y las instituciones educativas de su jurisdicción.
  13. Gestionar los recursos humanos, financieros y materiales para garantizar la provisión del servicio educativo y el logro de los aprendizajes en las instituciones educativas, programas y las redes de su jurisdicción.
  14. Evaluar la gestión educativa de su ámbito adoptando las acciones preventivas y correctivas pertinentes.
  15. Concertar con las entidades públicas y privadas para ejecutar programas, proyectos e intervenciones pedagógicas a favor de la educación en forma conjunta.
  16. Asesorar y asegurar que las Instituciones Educativas cuenten al inicio del año escolar con su Proyecto Educativo Institucional (PEI), Plan Anual de Trabajo (PAT), Reglamento Interno (RI) y el Informe Ejecutivo de Gestión Anual, Proyecto Curricular Institucional (PCI) y documentos de gestión respectivos.
  17. Proponer la remoción del cargo al personal de confianza con conocimiento del Director de la OREA.
  18. Conducir el proceso de evaluación e ingreso del personal docente y administrativo y desarrollar acciones de personal atendiendo los requerimientos de la institución educativa en coordinación con la Dirección Regional de Educación Ayacucho.
  19. Diseñar y ejecutar desde la presidencia de los diferentes comités locales las campañas establecidas por el Ministerio de Educación y la Dirección Regional de Educación Ayacucho.
  20. Presidir las juntas del SUB-CAFAE.
  21. Presidir la Comisión de Nombramientos y Reasignaciones del personal en su jurisdicción.
  22. Presidir las Reuniones del Comité de Gestión Presupuestaria de la UGEL Sucre.
  23. Realizar la entrega de cargo de los bienes, enseres y acervo documentario, al funcionario que le sucede o sustituye en el cargo; ante el término del vínculo laboral, por desplazamiento, por uso físico de vacaciones, licencia o suspensión que excedan de los treinta (30) días.
  24. Realizar otras funciones de su competencia que le encargue el Director de la DREA.
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